17 de mayo de 2024

Servicios de dependencia Canarias

Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

Web: https://www.gobiernodecanarias.org/dsidj/

  • Viceconsejería de Derechos Sociales
    • Dirección General de Políticas Sociales e Inmigración
    • Dirección General de Dependencia y Discapacidad
    • Dirección General de Políticas Sociales del Gobierno de Canarias
  • Viceconsejería de Igualdad y Diversidad
    • Dirección General de Diversidad
  • Secretaría General Técnica de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud
  • Dirección General de Juventud
  • Instituto Canario de Igualdad

Los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.
Servicio de Teleasistencia.
Servicio de Ayuda a domicilio (atención de las necesidades del hogar, cuidados personales):

  • Atención de las necesidades del hogar.
  • Cuidados personales.

Servicio de Centro de Día y de Noche (Centro de Día de atención especializada, Centro de Noche):

  • Centro de Día para mayores
  • Centro de Día para menores de 65 años.
  • Centro de Día de atención especializada.
  • Centro de Noche.

Servicio de Atención Residencial (Residencia de personas mayores en situación de dependencia, Centro de Atención a personas en situación de dependencia):

  • Residencia de personas mayores en situación de dependencia.
  • Centro de atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad.

 

Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

Web: https://www.gobiernodecanarias.org/dsidj/

Sedes

Dirección:C/ Leoncio Rodríguez, 3. Edf. El Cabo Planta 5ª
38071 Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 95 12 52

Dirección: C/ Prof. Agustín Millares Carló, 18. Edf. Servicios Múltiples II Planta 3ª
35071 Las Palmas de Gran Canaria

Teléfonos 922 95 12 52

Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración del Gobierno de Canarias

Direcciones: C/ Carlos J. R. Hamilton, 14, Edificio Mabell Residencial Anaga, Santa Cruz de Tenerife-38071

Teléfono: 922 92 24 61

C/ Profesor Agustín Millares Carló, 18, Edificio Servicios Múltiples II, Planta 2ª, Las Palmas de Gran Canaria-35071

Teléfono: 928 11 56 92

Las políticas de protección a la persona mayor y de solidaridad entre las generaciones incluyen, con carácter finalista, prestaciones, servicios y acciones directas de apoyo a la calidad de vida de las personas mayores y de promoción de unas saludables y fructíferas relaciones intergeneracionales. También asumen, como actuaciones transversales, la misión de asegurar que todas las políticas y servicios públicos incorporen, como prioridades la protección de los derechos de las personas mayores, y contemplen adecuadamente su papel en la sociedad.

Estos tienen por objeto prestar información, orientación y asesoramiento a la ciudadanía, en relación con los derechos y recursos sociales existentes, para la resolución de las necesidades que planteen, así como la recogida de información orientada hacia una posterior planificación además de aclarar la procedencia, en su caso, de las prestaciones aplicables en materia de servicios sociales.

 

Los Centros de Servicios Sociales, como equipamientos de carácter comunitario, incluidas las Unidades Básicas de Trabajo Social o denominación similar, constituyen el soporte a las prestaciones básicas que a continuación se enumeran:

  • La información, orientación y asesoramiento a la ciudadanía en relación con los derechos que la asisten y los recursos sociales existentes.
  • La ayuda a domicilio mediante la prestación de atenciones de carácter doméstico-social, de apoyo psicológico y rehabilitador a personas y familias que se hallen en situaciones de especial necesidad, a fin de facilitarles la permanencia y autonomía en su medio habitual de convivencia.
  • El alojamiento y la convivencia, mediante las acciones encaminadas a facilitar formas alternativas de vida a la usual convivencia familiar en los supuestos en que ésta sea inviable por no existir la unidad familiar o porque, aun existiendo ésta, presente una situación de deterioro psicológico, afectivo y social que impida la incorporación de la persona a corto plazo en su entorno.
  • La prevención e inserción social, ejerciendo las tareas de prospección y detección de situaciones individuales o colectivas de riesgo o de marginación social y, de producirse ésta, las acciones asistenciales y rehabilitadoras que posibiliten la inserción familiar y social.
  • La emergencia social, que tiene por objeto el desarrollo de programas y actuaciones encaminadas a procurar el apoyo necesario a personas o grupos que, por circunstancias propias o ajenas, sean objeto de marginación social y no puedan con sus propios medios hacer frente a tal situación.
  • La cooperación social y fomento de la solidaridad a través de las acciones encaminadas a potenciar las expresiones de solidaridad y fomentando la responsabilidad social ante situaciones de necesidad.

Se incluyen en estas actuaciones tanto las realizadas a iniciativa de los Servicios Sociales Municipales como las que se desarrollen a propuesta de Asociaciones o grupos de iniciativa social, así como las tareas de coordinación y de seguimiento de las tareas de colaboración que los referidos colectivos puedan prestar a los programas municipales.

 

Plazos: Durante todo el año.

 

Lugar/es de presentación: Centros de Servicios Sociales de los ayuntamientos.

Son aquellos que prestan servicios de promoción e inserción social y eventualmente servicios de atención personal. Actuarán desde el ámbito de los servicios comunitarios, dotados de la estructura funcional y material necesaria para la realización de actividades tendentes al fomento de la participación personal y de grupo, así como de normalización e inserción de las personas mayores en el medio social, facilitando su permanencia en el entorno familiar.

 

Requisitos de las personas usuarias o beneficiarias:

  • Ser mayores de 60 años.
  • Ser pensionistas mayores de 50 años, con incapacidad física, psíquica o sensorial, en los casos en que sus circunstancias personales, familiares o sociales así lo requieran, de conformidad con el baremo contenido en el anexo III del Decreto 236/1998, de 18 de diciembre (B.O.C. 28, de 5/3/1999), por el que se regulan las condiciones de acceso y los criterios para el pago del servicio en centros de alojamiento y estancia para personas mayores, públicos y privados, con participación de la Comunidad Autónoma en su financiación.
  • Ser menores de 60 años, en el supuesto de que hayan cumplido la edad de jubilación como consecuencia de la aplicación de los coeficientes reductores previstos legalmente para quienes hayan realizado actividades laborales especialmente penosas y peligrosas.
  • Tener, y acreditar, la condición de cónyuge o pareja de hecho de una persona que sea usuaria del Centro de Día.
  • Ser persona emigrante canaria retornada y reunir cualquiera de los requisitos determinados en el presente artículo.

 

Procedimiento para su obtención: Presentación de solicitud, formulado en modelo oficial debidamente cumplimentado en todos sus apartados.

 

Plazos: Durante todo el año.

 

Lugar/es de presentación:

  • Registros de la Dirección General de Derechos Sociales o cualesquiera otros de los de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud.
  • Registros de los Cabildos Insulares.
  • Registros de cualquier órgano de la Administración Autonómica de Canarias o de la Administración del Estado.
  • Registros de los ayuntamientos, si se han adherido al Convenio Marco de intercomunicación registral.
  • Oficinas de correos.
  • Representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

 

Documentación a presentar:

  • Fotocopia del D.N.I. de la persona solicitante y de su cónyuge o pareja de hecho, en su caso.
  • Informe médico acreditativo de que la que la persona solicitante tenga reducida su autonomía para las actividades de la vida diaria y no padezca enfermedad infecto-contagiosa o trastorno mental que sean susceptibles de ser causa de alteración de la normal convivencia en el centro.
  • Documentación acreditativa de la situación en los supuestos de persona mayor de 50 años afectada de incapacidad física y/o psíquica y aquellas personas que adquieren la condición de jubiladas en virtud de coeficientes reductores previstos legalmente.

Tipo de recurso: Servicios

Detalle: El programa de teleasistencia domiciliaria es el que permite a las personas mayores y/o con discapacidad que viven solas y en situación de riesgo, entrar en contacto verbal con un centro de atención especializada, pulsando el botón de un medallón o pulsera que llevan constantemente puesto las 24 horas del día y todos los días del año.

Entidad: Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

Fuente: Consejería de Bienestar social

URL fuente: http://www.gobiernodecanarias.org/principal/temas/servicios_sociales/

Observaciones: El coste del servicio varia dependiendo del convenio de cada Ayuntamiento.

Lugar de tramitación: En los centro de Servicios sociales de cada municipio.

Ámbito territorial: Autonómico

Otros requisitos: Las personas solicitantes deben estar empadronadas en algún municipio de Canarias. Disponer de una linea de teléfono fija. Que los servicios sociales certifiquen la necesidad de la persona de ser usuaria del servicio.

Más información: Cruz Roja: 90222292 (General) 922205685 Ext. 10

Discapacidad: psíquica, física, neurológica, sensorial

Área de actuación: Información, Documentación, Orientación y Asesoramiento, Salud, Vivienda

La prestación de Ayuda a Domicilio tiene como finalidad facilitar la autonomía de la persona y/o familia para que permanezca en su entorno habitual de vida, evitando situaciones de desarraigo y desintegración social.

 

La prestación de la Ayuda a Domicilio deberá cumplir los siguientes principios rectores:

  • Polivalente, cubriendo la amplia gama de necesidades que presenten personas o grupos familiares con déficits en la autonomía personal.
  • Normalizadora, utilizando los servicios generales para la satisfacción de las necesidades.
  • Domiciliaria, realizándose preferentemente en el domicilio de la persona usuaria.
  • Integradora, debiendo abordar las necesidades de las personas y grupos de forma global y no parcializada.
  • Preventiva, dirigida a prevenir o detener situaciones de deterioro e institucionalizaciones.
  • Asistencial y rehabilitadora, estimulando la mejora de las relaciones humanas, la autoestima y las condiciones de vida y convivencia.
  • Transitoria, debiendo mantenerse, al menos, hasta conseguir los objetivos de autonomía propuestos.
  • Complementaria a las redes formales e informales de apoyo personal y social.
  • Educativa, potenciando las capacidades de la persona usuaria, favoreciendo que ésta sea agente de su propio cambio.
  • Técnica, prestándose por personal cualificado.

 

Requisitos de las personas usuarias o beneficiarias: Podrán solicitar el servicio de ayuda a domicilio, las personas con discapacidad que reúnan los siguientes requisitos generales:

  • Las familias o personas que presenten disfunciones que puedan ser susceptibles de mejora con una adecuada atención a domicilio.
  • Las personas mayores, con cierto nivel de dependencia, que no tengan a nadie que les atienda suficientemente y que, con esta ayuda, puedan continuar viviendo en su hogar.
  • Las personas con discapacidad o incapacitadas a las que la ayuda en el hogar pueda favorecer su autonomía.
  • Las personas afectadas por una lesión, enfermedad física o mental o por otros motivos que les hagan precisar la ayuda.
  • Menores que haya que cuidar o atender por ausencia de madres, padres o personas que ejerzan su tutoría, o cuando estas personas, por circunstancias provisionales de enfermedad u otros motivos suficientemente justificados, no puedan ejercer sus funciones parentales, siempre que tales circunstancias no supongan situación de desamparo o requieran la asunción de la guarda por parte de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia.
  • En general, cuando exista una situación de desatención social o familiar, evaluada técnicamente, que justifique la intervención del servicio.

 

Procedimiento para su obtención: Presentación de solicitud formulado en modelo oficial debidamente cumplimentado en todos sus apartados.

 

Plazos: Durante todo el año.

 

Lugar/es de presentación:

  • Registros de los ayuntamientos
  • Registros de cualquier órgano de la Administración Autonómica de Canarias o de la Administración del Estado
  • Oficinas de correos.

 

Documentación a presentar:

  • Certificado de empadronamiento.
  • Fotocopia del D.N.I. de la persona solicitante, persona que ejerce la tutoría o representante.
  • Fotocopia del Libro de Familia.
  • Fotocopia de sentencia de separación, en su caso.
  • Fotocopia del documento de cobertura sanitaria.
  • Justificante de los ingresos de la unidad convivencial.
  • Certificación de tributación de Hacienda.
  • Certificado del reconocimiento del grado de discapacidad, en su caso.

Observaciones: Esta documentación podría sufrir modificaciones de acuerdo con la normativa específica que cada Ayuntamiento pudiera establecer.