17 de mayo de 2024

Servicios de dependencia País Vasco

Departamento de Empleo y Políticas Sociales

Web: https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-igualdad-justicia-politicas-sociales/

La mayor parte de los servicios que contempla la Ley de Dependencia ya se ofrecían desde las administraciones en esta provincia en función de sus competencias, para consolidar la atención y la protección de la dependencia.

Hoy están disponibles estos servicios y prestaciones para personas con grado III de dependencia:

  • Prevención de la dependencia y promoción autonomía personal
  • Atención temprana
  • Servicio de Teleasistencia (gestionado por Gobierno Vasco)
  • Programa de apoyo a personas cuidadoras (recurso local)
  • Servicio de Ayuda a domicilio (recurso local)
  • Servicio de Centro de Día
  • Servicio de Atención Residencial temporal o permanente
  • Prestación para cuidados en entorno familiar
  • Prestación vinculada a la contratación de forma privada del servicio que ha reconocido mientras se está en espera de concesión
  • Prestación para asistencia personal

Se pueden consultar todas las prestaciones, subvenciones y ayudas en este enlace Diputación Foral Vizcaya – prestaciones a personas en situación de dependencia.

Como prestaciones novedosas, que antes no se gestionaban, se incluyeron tras la aprobación de la ley las siguientes:

  1. La prestación vinculada a un servicio determinado que no fuera posible el acceso a un servicio público o concertado.
  2. La prestación económica de asistencia personal, que tiene como finalidad la promoción de la autonomía de las personas con gran dependencia, facilitando además su acceso a la educación o al trabajo.
  3. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, excepcionalmente, cuando el beneficiario esté siendo atendido por su entorno familiar.

Es esta última ayuda una de las prestaciones más solicitadas. Al igual que en otras regiones la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar es uno de los apoyos más registrados. En el último trimestre de 2019 un total de 35.949 personas fueron beneficiarias en todo el País Vasco de esta prestación.

El Servicio de Valoración y Orientación realiza sus funciones en dependencia directa de la Subdirección General para la Promoción de la Autonomía Personal.

Por su parte, la Diputación Foral de Vizcaya ha aprobado el Decreto Foral 192/2018, de 26 de diciembre, que regula el estatuto de las personas cuidadoras y la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.

El decreto incluye cambios en la compatibilidad de prestaciones y servicios.

Por ejemplo, hay compatibilidad al acceder a la prestación por cuidados en el entorno familiar con el trabajo u otros recursos como los de Centro de día y Centro ocupacionales. También se incluyen más medidas de apoyo a las personas cuidadoras.

Para solicitar la prestación económica de cuidados en el entorno familiar se debe pedir un cambio del Plan Individual de Atención (PIA).

También se puede entregar la solicitud en Diputación Foral de Vizcaya o en el Servicio Social del Ayuntamiento.

Para realizar el trámite para solicitar la valoración de dependencia se puede hacer en el siguiente enlace Solicitud valoración dependencia

Se puede solicitar más información en la Sección de Valoración y Orientación de la Dependencia situada en la Calle Ugasko,5 bis – 1º – 48014 – BILBAO.

El proceso de resolución de la valoración de dependencia dura unos dos meses.

Álava. Dpto. Servicios Sociales.

Atención a la Dependencia
Instituto Foral de Bienestar Social

  • Dirección: C/ San Prudencio 30, 01005 Vitoria-Gasteiz
  • Teléfono: 945 151 015
  • Fax: 945 151 016

GUIPÚZCOA – Departamento de Políticas Sociales

  • Dirección: Paseo Zarategi, 99, 20015 Donostia – San Sebastián
  • Teléfono: 943 112 688 / 943 112 511 (De lunes a viernes, 8:30-14:00 horas)

Vizcaya – Departamento de Acción Social

  • Dirección: C/ Ugasko, 3 – 2, 48014 Bilbao
  • Teléfono: 902 540 110 / 944 066 000

Definición y objetivo

Son centros destinados a servir de vivienda habitual o permanente y, en su caso temporal, a personas mayores en situación de dependencia en Grados II y III – y excepcionalmente en grado I – que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su entorno habitual, o en alternativas de alojamiento de carácter más ligero, por requerir apoyos de mayor intensidad, ofreciéndose en estos centros una atención integral y continua.

Son centros de alta intensidad, que garantizan: a) la presencia permanente -24 horas al día- de personal cuidador; b) la prestación de un servicio médico y de enfermería; c) el apoyo de un equipo multidisciplinar de profesionales con los perfiles idóneos para la prestación de una atención integral orientada al bienestar físico, psicológico y social.

Sus objetivos son:

  1. Garantizar a las personas usuarias los cuidados y la asistencia personal necesaria para realizar las actividades de la vida diaria, tratando de mantener su autonomía personal y, en lo posible, fomentar el desarrollo y evitar el deterioro de la misma.
  2. Que las personas usuarias mantengan o desarrollen, con el apoyo necesario, actividades orientadas a mantener sus relaciones con el entorno comunitario y a participar en el mismo.
  3. Que las personas usuarias mantengan y amplíen las relaciones con la familia y con otras personas residentes o ajenas al medio residencial, y participen, en lo posible, en la vida del centro.
  4. Favorecer su sentimiento de seguridad.

Cuando el centro o alguna de sus unidades se destine a personas mayores que precisan una atención sanitaria y social intensa, simultánea, coordinada y estable, el centro o la unidad de que se trate tendrá naturaleza socio-sanitaria.

Prestaciones

De Servicios Sociales

  • Información.
  • Valoración de seguimiento.
  • Mediación – Intermediación.
  • Atención personal.
  • Intervención socioeducativa y psicosocial:
    • Intervención estimulativa o rehabilitadora:
      • intervención en funciones cognitivas: psico-estimulación, entrenamiento en memoria, orientación a la realidad;
      • desarrollo de habilidades: actividades y ejercicios sencillos de estimulación de capacidades para desarrollar actividades básicas de la vida diaria.
    • Intervención educativa: ocio y actividades educativo-culturales.
    • Intervención psicosocial: intervención en funciones psico-afectivas, incluyendo, en su caso, ayudas para el manejo de trastornos del comportamiento.
  • Acompañamiento social.

Complementarias

Manutención. Lavandería. Limpieza.

De Salud

Atención de enfermería. Atención médica. Rehabilitación. Asistencia psicológica.

Población destinataria

Situación:

Personas en situación de dependencia (Grado II y III y, con carácter excepcional, Grado I si las Diputaciones así lo prevén y dicha excepción queda debidamente justificada en la prescripción técnica.

De forma excepcional y con objeto de mantener la unidad de convivencia, también podrán acceder al servicio junto con la persona destinataria, en los términos que se determinen reglamentariamente:

  1. su cónyuge o pareja de hecho con relación de convivencia habitual;
  2. quien acredite tener con la persona usuaria una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y mantenga con ella una relación de convivencia habitual.

Edad: Personas de 65 años o más, no siendo aplicable dicho límite de edad al cónyuge o familiar que, en su caso, ingrese como acompañante.

Requisitos de acceso

Administrativos

Ningún requisito adicional.

Requisitos de necesidad

  1. Requerir un apoyo de alta intensidad para realizar las actividades de la vida diaria.
  2. No precisar una asistencia sanitaria especializada y/o permanente fuera del alcance y posibilidades de las dotaciones propias de la red de servicios sociales, salvo cuando el centro residencial o la unidad tengan naturaleza socio-sanitaria.
  3. No rechazar el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto-contagiosa y/o enfermedad mental.
  4. En estancias temporales, ser una persona que precise de una alternativa residencial temporal para afrontar situaciones que conlleven la imposibilidad o grave dificultad de recibir, temporalmente, el debido cuidado en su lugar de convivencia habitual, o para que la persona cuidadora principal y habitual disfrute de respiro.
  5. Cuando la estancia temporal en residencia responda a una necesidad socio-sanitaria o esté muy directamente asociada a un problema de salud, no se exigirá, para el acceso, contar con el reconocimiento de dependencia, si bien será necesario que, de hecho, exista una situación temporal de dependencia y que la misma se acredite a posteriori.

Copago

Servicio sujeto a copago.

Para más información, contacta con tu servicio social de base

Definición y objetivo

Estos servicios ponen a disposición de las personas un dispositivo al que acudir durante el día en el que se les ofrece un apoyo de baja intensidad ligado a sus necesidades específicas de atención, de modo que sus objetivos varían en función del colectivo al que se dirigen:

  1. contribuir al mantenimiento de la autonomía de las personas mayores en riesgo o situación de dependencia (Grado I, con una puntuación en el BVD de entre 25 y 39), a su permanencia en su entorno de vida habitual y su socialización, compensando en su caso situaciones de aislamiento;
  2. ofrecer a las personas en situación de exclusión un dispositivo al que acudir durante el día y cubrir necesidades básicas de alimentación e higiene, entendiéndose estas situaciones como de acceso urgente.

Tipos de servicio

1. Servicio de atención diurna para personas mayores. Es un servicio de uso temporal o permanente, que ofrece atención a personas mayores en riesgo o situación de dependencia (Grado I, que hayan obtenido una puntuación en el BVD de entre 25 y 39).

2. Servicio de atención diurna para personas en situación de exclusión. Es un servicio de baja exigencia y uso temporal que desarrolla las siguientes funciones:

2.1. Cubrir necesidades básicas ofreciendo a las personas usuarias un dispositivo en el que resguardarse, asearse y comer durante el día.

2.2. Informar a las personas usuarias sobre los derechos que les asisten y los recursos sociales a los que pueden acceder, así como orientarles en la realización de gestiones tendentes a normalizar su situación.

Variante de servicio de respiro

Servicio de respiro mediante el acceso temporal de la persona en riesgo o situación de dependencia (Grado I) al servicio de atención diurna para personas mayores o refuerzo temporal de la intensidad ya ofrecida en él.

Prestaciones

De Servicios Sociales

En el primer tipo:

  1. Información.
  2. Valoración de seguimiento.
  3. Intervención socioeducativa y psicosocial:
    • Estimulativa o rehabilitadora: desarrollo de habilidades; actividades y ejercicios sencillos de estimulación de capacidades para realizar actividades básicas de la vida diaria.
    • Educativa: ocio, actividades educativo-culturales.
  4. Acompañamiento social.
  5. Transporte adaptado, en su caso.

En el segundo tipo:

  • Información.
  • Mediación – intermediación.
  • Intervención educativa y psicosocial: intervención psicosocial (escucha activa y contención emocional).

Complementarias

En el primer tipo, en su caso: Manutención. Higiene personal.

En el segundo tipo: Manutención, en su caso. Higiene personal. Lavandería, en su caso. Consigna.

Población destinataria

Situación:

En el primer tipo: personas mayores en riesgo o situación de dependencia (Grado I, que hayan obtenido una puntuación en el BVD entre 25 y 39 puntos).

En el segundo tipo: personas en situación de exclusión social.

Edad:

En el primer tipo: tener 65 años o más.

En el segundo tipo: tener 18 años o más.

Requisitos de acceso

Administrativos

En el primer tipo, ningún requisito adicional.

En el segundo tipo, no se exigirá ningún requisito al margen de la prescripción técnica, teniendo la consideración de servicio de acceso directo pudiendo acceder al servicio, por tanto, sin ser necesario el paso previo por el Servicio Social de Base.

De necesidad

  1. Requerir un apoyo de baja intensidad para la cobertura de las necesidades atendidas por la modalidad de servicio de que se trate en cada caso.
  2. No rechazar el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto-contagiosa y/o enfermedad mental.
  3. No padecer trastornos de conducta y/o presentar comportamientos que puedan perturbar gravemente el funcionamiento del servicio o la normal convivencia en el mismo o que supongan riesgo para la propia persona, para otras personas usuarias o para las y los profesionales.
  4. No precisar una asistencia sanitaria especializada y/o permanente fuera del alcance y posibilidades de las dotaciones propias del servicio.

Copago

El primer tipo está sujeto a copago.

Para más información, contacta con tu servicio social de base

Definición y objetivo

Este servicio ofrece, con carácter temporal o permanente, una atención individualizada e integral, durante el periodo diurno a las personas en situación de dependencia, a las personas con discapacidad y a las personas con enfermedad mental crónica, con el objetivo de mejorar o mantener su nivel de autonomía personal, compensar sus limitaciones funcionales y dar apoyo a sus cuidadores y cuidadoras habituales, mediante prestaciones preventivas, habilitadoras y asistenciales orientadas a la capacitación y al desarrollo de competencias para la autonomía personal y para la participación en el entorno comunitario. Es un servicio de media y alta intensidad, que garantiza: a) la presencia permanente de personal cuidador – y de personal educativo en el segundo tipo de servicio o centro – durante las horas de apertura; b) la prestación de un servicio médico y de enfermería, en su caso; c) el apoyo de un equipo multidisciplinar de profesionales con los perfiles idóneos para la prestación de una atención integral orientada al bienestar físico, psicológico y social. En su funcionamiento, se aplicarán criterios de flexibilidad que permitan una utilización del servicio más adaptada a las necesidades y preferencias de la persona usuaria.

Tipos de servicio

1. Servicio o centro de día para personas mayores en situación de dependencia que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su entorno habitual por presentar importantes limitaciones físicas y/o psíquicas para realizar actividades de la vida diaria.

2, 3 y 4. Servicio o centro de día para personas con discapacidad o para personas con enfermedad mental crónica que, mediante un conjunto organizado y coordinado de actuaciones desarrolladas desde un equipo profesional multidisciplinar, les proporciona una atención habilitadora integral orientada, en todo lo posible, a facilitar su desarrollo personal y social, su autonomía y su integración social.

Se diferencian tres subtipos: a) Centros de autonomía personal para personas con graves limitaciones físicas u orgánicas; b) Servicio o centro de día para personas con discapacidad intelectual y del desarrollo; c) Servicio o centro de día para personas con enfermedad mental crónica, de naturaleza socio-sanitaria.

Prestaciones

De Servicios Sociales

  • Valoración de seguimiento.
  • Mediación – intermediación.
  • Atención personal.
  • Intervención socioeducativa y psicosocial:
    • Estimulativa o rehabilitadora: intervención en funciones cognitivas (psicoestimulación, entrenamiento en memoria, orientación a la realidad) y desarrollo de habilidades (actividades y ejercicios sencillos de estimulación de capacidades para el desarrollo de actividades básicas de la vida diaria).
    • Educativa: ocio y actividades educativo-culturales.
    • Psicosocial: intervención en funciones psicoafectivas, incluyendo, en su caso, ayudas para el manejo de trastornos del comportamiento.
    • Ocupacional o pre-laboral, en el segundo tipo de servicio o centro.
  • Acompañamiento social.
  • Transporte adaptado, cuando resulte necesario en razón de las dificultades de movilidad de las personas usuarias y/o de las dificultades de acceso al centro por transporte público.
  • Facilitación de productos de apoyo (en el caso de los centros de autonomía personal).

Complementarias

Limpieza. Manutención, en su caso.

De Salud

Atendiendo a la prevalencia e intensidad de las necesidades sanitarias de las personas usuarias este servicio podrá ofrecer prestaciones propias del sistema sanitario. Concretamente:

  1. Los servicios o centros de día destinados a personas con enfermedad mental crónica, dada su naturaleza socio-sanitaria, podrán ofrecer: Atención de enfermería. Atención médica. Rehabilitación, en su caso. Terapia. Actividades terapéuticas.
  2. Los destinados a personas mayores dependientes y a personas con discapacidad podrán ofrecer estas mismas prestaciones, en su caso.

Población destinataria

Situación:

Del primer tipo: Personas mayores en situación de dependencia (con una puntuación superior a 39 puntos en el BVD).

Del segundo tipo:

  1. Personas con calificación de discapacidad superior al 60% o con reconocimiento de dependencia.
  2. Personas con un diagnóstico de enfermedad mental crónica, o de trastorno mental grave y prolongado, emitido por Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, o con reconocimiento de dependencia derivada de dicha enfermedad o trastorno.

Edad:

Personas de 65 años o más, en el primer tipo de servicio o centro.

Personas de entre 18 y 64 años, en el segundo tipo de servicio o centro, salvo en el subtipo “centros de autonomía personal” en el que no existen límites de edad.

Requisitos de acceso

Administrativos

Ningún requisito adicional.

De necesidad

  1. Requerir un apoyo de media o alta intensidad para realizar actividades de la vida diaria.
  2. No precisar una asistencia sanitaria especializada y/o permanente fuera del alcance y posibilidades de las dotaciones propias de la red de servicios sociales.
  3. No rechazar el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto-contagiosa y/o enfermedad mental.

Copago

Servicio sujeto a copago.

Para más información, contacta con tu servicio social de base

Definición y objetivo

El servicio de teleasistencia integra el dispositivo de comunicación de telealarma que,a través de la línea telefónica y con un equipamiento informático específico, permite a las personas usuarias contactar de forma inmediata con un servicio de atención permanente atendido, 24 horas al día y todos los días del año, por personal específicamente preparado, que, en caso necesario, facilitará el acceso inmediato al tipo de atención requerida, contribuyendo a fortalecer su sentimiento de autonomía y/o seguridad.

Mediante estos sistemas, el contacto entre el equipo de atención y la persona que se encuentra en situación de necesidad puede activarse tanto a petición de esta última como desde el propio servicio cuando existan razones que lleven a considerar que puede estarse produciendo una situación de riesgo.

Para articular sus actuaciones, cuenta con un servicio:

  • de contacto, que se activa a través de los diferentes dispositivos instalados y determina la naturaleza
  • de la necesidad social o emergencia a efectos de alertar el sistema de urgencias correspondiente.
  • de registro de datos , que permite conocer la identificación de la persona y sus antecedentes socio-sanitarios.
  • de atención personal, que garantiza, en los casos en los que sea necesario, la presencia en el lugar en el que se haya producido la necesidad y la atención directa a la persona.

Sus objetivos son:

  • Favorecer la permanencia e integración en el entorno familiar y social habitual a personas que, por limitaciones en su autonomía o por encontrarse en situación de riesgo de aislamiento social, pueden requerir una atención urgente y/o una supervisión frecuente o constante, tanto en su domicilio como fuera del mismo, evitando el ingreso innecesario en servicios residenciales.
  • Ofrecer una conexión permanente con las redes asistenciales que mejore su calidad de vida y re-fuerce su sentimiento de autonomía y de seguridad en el domicilio.
  • Proporcionar una intervención inmediata en situaciones de necesidad social o de emergencia o urgencia social.
  • Ofrecer soporte a la red socio-familiar de apoyo que asume el cuidado de las personas usuarias.,posibilitando que dispongan de mayor autonomía para realizar otras tareas sabiendo que si su familiar afronta una situación de dificultad será atendida o atendido.

El servicio intervendrá cuando la situación de necesidad se produzca en el territorio de la CAPV.

Prestaciones

De Servicios Sociales

  • Información (sobre el uso y características de los dispositivos tecnológicos).
  • Valoración de seguimiento.
  • Orientación.
  • Intervención psicosocial, en su caso (contención emocional).
  • Facilitación de ayudas técnicas (productos de apoyo): facilitar la instalación para el uso del sistema de teleasistencia.

Población destinataria

Situación:

  1. Personas en riesgo o situación de dependencia.
  2. Personas mayores autónomas que vivan solas.
  3. Personas que, estando en situación de riesgo de aislamiento social, tengan, según el Servicio Social de Base, necesidades que puedan ser atendidas por el servicio de teleasistencia.

Edad:

  1. Sin límite de edad para las personas con reconocimiento de dependencia y para las personas en riesgo de aislamiento social que tengan, según el Servicio Social de Base, necesidades atendibles desde el servicio de teleasistencia.
  2. Tener 65 años o más para personas en riesgo de dependencia.
  3. Tener 75 años o más para las personas mayores autónomas que vivan solas.

Requisitos de acceso

Administrativos

Ningún requisito adicional.

Otros requisitos

  1. Tener capacidad, la persona interesada o, en su caso, la persona con la que conviva familiar o cuidador o cuidadora habitual, para utilizar adecuadamente el equipo de teleasistencia.
  2. Disponer de línea telefónica en el domicilio, cuyas características permitan la interacción entre el equipo de teleasistencia y el centro de atención.

Copago

Servicio sujeto a copago.

Para más información, contacta con tu servicio social de base

Es un servicio de naturaleza asistencial y preventiva destinado a ayudar a la persona usuaria en situación de dependencia, o riesgo de dependencia, a permanecer en su domicilio, ofreciéndole una ayuda de atención doméstica y personal que posibilite su desenvolvimiento en el propio domicilio y su integración en el entorno comunitario, evitando situaciones de aislamiento. Sólo podrán acceder a atención doméstica quienes reciban atención personal o se encuentren en riesgo de dependencia.

Sus objetivos son:

  1. Mantener o mejorar la autonomía personal, prevenir el deterioro y compensar la pérdida de autonomía de las personas usuarias, prestándoles ayuda parcial o total para realizar actividades básicas de la vida diaria, necesarias para su cuidado personal, y/o actividades instrumentales de la vida diaria.
  2. Posibilitar, siempre que resulte viable, la permanencia de la persona en el domicilio el mayor tiempo posible, con una calidad de vida aceptable, retrasando o evitando el ingreso en un servicio de alojamiento o centro residencial.
  3. Fortalecer el sentimiento de seguridad de las personas usuarias.
  4. Ofrecer apoyo a las personas cuidadoras que constituyen la red socio-familiar de apoyo de la persona usuaria y contribuir a la liberación parcial de su tarea de atención, con el fin de que dispongan de condiciones adecuadas para su propio desarrollo personal, profesional y social.
  5. Sustituir ocasionalmente a la persona cuidadora principal, que habitualmente atiende a la persona usuaria, en razón de la ausencia temporal de aquélla (en la modalidad de respiro).
  6. Detectar situaciones de necesidad que pudieran requerir la intervención de otros servicios.

El SAD será compatible con todos los servicios de atención a la dependencia, con la excepción de la atención prestada con carácter permanente en servicios de alojamiento o centros residenciales.

En el caso de las personas en riesgo de dependencia la intensidad máxima del SAD se ajustará a la intensidad mínima prevista para el Grado I.

Cuando se compatibilice con otros servicios o prestaciones no económicas, se aplicará una minoración en las intensidades máximas. Dicha minoración no se aplicará cuando se compatibilice con el servicio de teleasistencia.

Cuando se compatibilice con prestaciones económicas se minorará la prestación económica y se garantizará la intensidad mínima del SAD.

La determinación de su compatibilidad con la Prestación Económica de Asistencia Personal forma parte del ámbito competencial de las Diputaciones Forales.

Variante de servicio de respiro

Servicio de respiro para la persona cuidadora principal mediante el acceso temporal de la persona en situación o riesgo de dependencia al SAD o el refuerzo temporal de la intensidad ya ofrecida en dicho servicio.

Prestaciones

De Servicios Sociales

  • Información.
  • Valoración de seguimiento.
  • Atención doméstica.
  • Atención personal.
  • Acompañamiento social.

Población destinataria

Situación: Personas en situación de dependencia, o riesgo de dependencia.

Edad: Sin límites de edad.

Requisitos de acceso

Administrativos

Estar empadronada en el domicilio en el que solicita el servicio a la fecha de la solicitud y permanecer empadronada en el mismo municipio.

De necesidad

  1. Residir en el domicilio, ya sea éste el domicilio propio o el de un o una familiar que actúa como persona cuidadora principal.
  2. Disponer de un domicilio cuyo estado no impida o dificulte gravemente la permanencia de la persona usuaria en el mismo, ni suponga riesgo para la propia persona o para los y las trabajadoras domiciliarias.
  3. Requerir apoyo para realizar las actividades básicas y/o instrumentales de la vida diaria.
  4. En caso necesario, disponer, junto con la prestación del SAD, de apoyos suficientes para permanecer en el domicilio en condiciones adecuadas.
  5. No presentar un estado de salud que requiera asistencia continuada en instituciones sanitarias o socio-sanitarias.
  6. No rechazar el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto-contagiosa o una enfermedad mental.
  7. No padecer trastornos de conducta o presentar comportamientos que puedan conllevar riesgo para los o las trabajadoras domiciliarias.

Copago

Servicio sujeto a copago.

Para más información, contacta con tu servicio social de base