Definición y objetivo
Estos servicios ponen a disposición de las personas un dispositivo al que acudir durante el día en el que se les ofrece un apoyo de baja intensidad ligado a sus necesidades específicas de atención, de modo que sus objetivos varían en función del colectivo al que se dirigen:
- contribuir al mantenimiento de la autonomía de las personas mayores en riesgo o situación de dependencia (Grado I, con una puntuación en el BVD de entre 25 y 39), a su permanencia en su entorno de vida habitual y su socialización, compensando en su caso situaciones de aislamiento;
- ofrecer a las personas en situación de exclusión un dispositivo al que acudir durante el día y cubrir necesidades básicas de alimentación e higiene, entendiéndose estas situaciones como de acceso urgente.
Tipos de servicio
1. Servicio de atención diurna para personas mayores. Es un servicio de uso temporal o permanente, que ofrece atención a personas mayores en riesgo o situación de dependencia (Grado I, que hayan obtenido una puntuación en el BVD de entre 25 y 39).
2. Servicio de atención diurna para personas en situación de exclusión. Es un servicio de baja exigencia y uso temporal que desarrolla las siguientes funciones:
2.1. Cubrir necesidades básicas ofreciendo a las personas usuarias un dispositivo en el que resguardarse, asearse y comer durante el día.
2.2. Informar a las personas usuarias sobre los derechos que les asisten y los recursos sociales a los que pueden acceder, así como orientarles en la realización de gestiones tendentes a normalizar su situación.
Variante de servicio de respiro
Servicio de respiro mediante el acceso temporal de la persona en riesgo o situación de dependencia (Grado I) al servicio de atención diurna para personas mayores o refuerzo temporal de la intensidad ya ofrecida en él.
Prestaciones
De Servicios Sociales
En el primer tipo:
- Información.
- Valoración de seguimiento.
- Intervención socioeducativa y psicosocial:
- Estimulativa o rehabilitadora: desarrollo de habilidades; actividades y ejercicios sencillos de estimulación de capacidades para realizar actividades básicas de la vida diaria.
- Educativa: ocio, actividades educativo-culturales.
- Acompañamiento social.
- Transporte adaptado, en su caso.
En el segundo tipo:
- Información.
- Mediación – intermediación.
- Intervención educativa y psicosocial: intervención psicosocial (escucha activa y contención emocional).
Complementarias
En el primer tipo, en su caso: Manutención. Higiene personal.
En el segundo tipo: Manutención, en su caso. Higiene personal. Lavandería, en su caso. Consigna.
Población destinataria
Situación:
En el primer tipo: personas mayores en riesgo o situación de dependencia (Grado I, que hayan obtenido una puntuación en el BVD entre 25 y 39 puntos).
En el segundo tipo: personas en situación de exclusión social.
Edad:
En el primer tipo: tener 65 años o más.
En el segundo tipo: tener 18 años o más.
Requisitos de acceso
Administrativos
En el primer tipo, ningún requisito adicional.
En el segundo tipo, no se exigirá ningún requisito al margen de la prescripción técnica, teniendo la consideración de servicio de acceso directo pudiendo acceder al servicio, por tanto, sin ser necesario el paso previo por el Servicio Social de Base.
De necesidad
- Requerir un apoyo de baja intensidad para la cobertura de las necesidades atendidas por la modalidad de servicio de que se trate en cada caso.
- No rechazar el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto-contagiosa y/o enfermedad mental.
- No padecer trastornos de conducta y/o presentar comportamientos que puedan perturbar gravemente el funcionamiento del servicio o la normal convivencia en el mismo o que supongan riesgo para la propia persona, para otras personas usuarias o para las y los profesionales.
- No precisar una asistencia sanitaria especializada y/o permanente fuera del alcance y posibilidades de las dotaciones propias del servicio.
Copago
El primer tipo está sujeto a copago.
Para más información, contacta con tu servicio social de base
Definición y objetivo
Este servicio ofrece, con carácter temporal o permanente, una atención individualizada e integral, durante el periodo diurno a las personas en situación de dependencia, a las personas con discapacidad y a las personas con enfermedad mental crónica, con el objetivo de mejorar o mantener su nivel de autonomía personal, compensar sus limitaciones funcionales y dar apoyo a sus cuidadores y cuidadoras habituales, mediante prestaciones preventivas, habilitadoras y asistenciales orientadas a la capacitación y al desarrollo de competencias para la autonomía personal y para la participación en el entorno comunitario. Es un servicio de media y alta intensidad, que garantiza: a) la presencia permanente de personal cuidador – y de personal educativo en el segundo tipo de servicio o centro – durante las horas de apertura; b) la prestación de un servicio médico y de enfermería, en su caso; c) el apoyo de un equipo multidisciplinar de profesionales con los perfiles idóneos para la prestación de una atención integral orientada al bienestar físico, psicológico y social. En su funcionamiento, se aplicarán criterios de flexibilidad que permitan una utilización del servicio más adaptada a las necesidades y preferencias de la persona usuaria.
Tipos de servicio
1. Servicio o centro de día para personas mayores en situación de dependencia que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su entorno habitual por presentar importantes limitaciones físicas y/o psíquicas para realizar actividades de la vida diaria.
2, 3 y 4. Servicio o centro de día para personas con discapacidad o para personas con enfermedad mental crónica que, mediante un conjunto organizado y coordinado de actuaciones desarrolladas desde un equipo profesional multidisciplinar, les proporciona una atención habilitadora integral orientada, en todo lo posible, a facilitar su desarrollo personal y social, su autonomía y su integración social.
Se diferencian tres subtipos: a) Centros de autonomía personal para personas con graves limitaciones físicas u orgánicas; b) Servicio o centro de día para personas con discapacidad intelectual y del desarrollo; c) Servicio o centro de día para personas con enfermedad mental crónica, de naturaleza socio-sanitaria.
Prestaciones
De Servicios Sociales
- Valoración de seguimiento.
- Mediación – intermediación.
- Atención personal.
- Intervención socioeducativa y psicosocial:
- Estimulativa o rehabilitadora: intervención en funciones cognitivas (psicoestimulación, entrenamiento en memoria, orientación a la realidad) y desarrollo de habilidades (actividades y ejercicios sencillos de estimulación de capacidades para el desarrollo de actividades básicas de la vida diaria).
- Educativa: ocio y actividades educativo-culturales.
- Psicosocial: intervención en funciones psicoafectivas, incluyendo, en su caso, ayudas para el manejo de trastornos del comportamiento.
- Ocupacional o pre-laboral, en el segundo tipo de servicio o centro.
- Acompañamiento social.
- Transporte adaptado, cuando resulte necesario en razón de las dificultades de movilidad de las personas usuarias y/o de las dificultades de acceso al centro por transporte público.
- Facilitación de productos de apoyo (en el caso de los centros de autonomía personal).
Complementarias
Limpieza. Manutención, en su caso.
De Salud
Atendiendo a la prevalencia e intensidad de las necesidades sanitarias de las personas usuarias este servicio podrá ofrecer prestaciones propias del sistema sanitario. Concretamente:
- Los servicios o centros de día destinados a personas con enfermedad mental crónica, dada su naturaleza socio-sanitaria, podrán ofrecer: Atención de enfermería. Atención médica. Rehabilitación, en su caso. Terapia. Actividades terapéuticas.
- Los destinados a personas mayores dependientes y a personas con discapacidad podrán ofrecer estas mismas prestaciones, en su caso.
Población destinataria
Situación:
Del primer tipo: Personas mayores en situación de dependencia (con una puntuación superior a 39 puntos en el BVD).
Del segundo tipo:
- Personas con calificación de discapacidad superior al 60% o con reconocimiento de dependencia.
- Personas con un diagnóstico de enfermedad mental crónica, o de trastorno mental grave y prolongado, emitido por Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, o con reconocimiento de dependencia derivada de dicha enfermedad o trastorno.
Edad:
Personas de 65 años o más, en el primer tipo de servicio o centro.
Personas de entre 18 y 64 años, en el segundo tipo de servicio o centro, salvo en el subtipo “centros de autonomía personal” en el que no existen límites de edad.
Requisitos de acceso
Administrativos
Ningún requisito adicional.
De necesidad
- Requerir un apoyo de media o alta intensidad para realizar actividades de la vida diaria.
- No precisar una asistencia sanitaria especializada y/o permanente fuera del alcance y posibilidades de las dotaciones propias de la red de servicios sociales.
- No rechazar el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto-contagiosa y/o enfermedad mental.
Copago
Servicio sujeto a copago.
Para más información, contacta con tu servicio social de base